No puedo devolver el préstamo ico

No puedo pagar los préstamos ICO

No puedo pagar los préstamos ICO

«No puedo pagar los préstamos ICO» es el tema más frecuente entre nuestros clientes en los últimos meses, y es que esta es una situación que se deriva de la crisis económica ocasionada por la pandemia de COVID-19.

En el año 2020 el Estado español adoptó una serie de medidas para evitar que se produjeran cierres masivos de empresas, ya que el tejido español está conformado en gran mayoría por PYMES y trabajadores autónomos.

Una de ella fue la concesión de los préstamos ICO avalados por el Estado, y fueron muchas las empresas y los autónomos que ante la paralización absoluta de su actividad se vieron obligados a acudir a este tipo de ayudas. Sin embargo, lo que en principio se pensaba que se podría solventar con unos pocos meses de confinamiento, se ha convertido en la crisis más larga y profunda que ha sufrido nuestro país.

Aunque desde los gobiernos estatal y autónomo se han destinado esfuerzos para suavizar los drásticos efectos en la economía, la realidad es que aún hay empresas que no se han logrado recuperar y que no pueden hacer frente a la devolución de los préstamos ICO.

No puedo pagar los préstamos ICO

Los préstamos ICO se concedieron con un periodo de carencia de 1 año, pero una vez transcurrido este tiempo, las empresas y los autónomos que en su día se pudieron beneficiar de estas ayudas tienen que empezar a devolverlos mediante el pago de las cuotas.

Por parte del gobierno se están realizando intensas gestiones de aplazamientos y moratorias que resultan imprescindibles si queremos evitar el cierre en cadena de muchas PYMES, pero la realidad es que muchos de ellos no pueden hacer frente a las primeras cuotas.

No podemos olvidar que los préstamos ICO tienen una característica muy particular: el aval de estado. Pues, en caso de que la empresa o autónomo no pueda pagar, el estado español le avalará un 80% del préstamo, y por lo tanto, será quien se haga responsable de su pago.

Aunque a priori los préstamos ICO hayan sido un buen remedio para solventar la situación de caída de los ingresos, en realidad no suponen una solución definitiva para la empresa, sobre todo cuando aún no se ha alcanzado una situación de entera normalidad.

La mayoría de las empresas y trabajadores autónomos todavía no han recuperado el nivel de ingresos, y a duras penas pueden cubrir los gastos esenciales como alquileres o nóminas de los trabajadores, por lo que se ven completamente imposibilitados para pagar las cuotas.

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Fueron muchas las empresas y los autónomos que se vieron obligadas a acudir a los préstamos ICO ante la paralización total y absoluta de su actividad.

¿Qué pasa si no puedo pagar un préstamo ICO?

Los préstamos ICO, como cualquier otro tipo de préstamo, implica que el deudor tiene la obligación de devolver las cantidades recibidas en una serie de plazos y condiciones; y en nuestro país la ley dispone que el deudor (ya sea persona física o jurídica) es responsable del pago de sus deudas con todos sus bienes presentes y futuros (artículo 1911 del Código Civil).

No puedo pagar los préstamos ICO de mi empresa

En el caso de las empresas a las que resulte imposible pagar las cuotas, y una vez agotada la posible vía de la negociación con la entidad bancaria, no les quedará otro remedio que solicitar la declaración de concurso de acreedores para evitar el cierre.

Con la solicitud del concurso se paralizará cualquier posible embargo sobre los bienes de la empresa y se evitará la responsabilidad del órgano de administración. Una vez la empresa cuente con la protección que supone la declaración de concurso dictada por el Juzgado Mercantil, será posible negociar convenios con quitas y esperas con los acreedores, así como adoptar todas las medidas que resulten convenientes para asegurar la supervivencia de la compañía en el mercado.

 

Soy autónomo y no puedo devolver el ICO

En el caso de los trabajadores autónomos que no puedan devolver los préstamos ICO y que se encuentren en situación de insolvencia, deben saber que desde 2015 contamos en nuestro país con el mecanismo de la Ley de la Segunda Oportunidad que les permitirá cancelar sus deudas sin incurrir en responsabilidades por el impago.

Con la Ley de Segunda Oportunidad son muchos los autónomos que después de 5 años de aplicación en nuestro país han logrado la exoneración de sus deudas. Es imprescindible contar con el asesoramiento de un abogado especialista que le pueda orientar sobre la tramitación de un proceso de Segunda Oportunidad que le permita al trabajador autónomo seguir ejerciendo su actividad, y a la vez cancelar sus deudas mediante una sentencia judicial.