Es posible reunificar mis deudas

Es posible reunificar mis deudas

Es posible reunificar mis deudas

Después de 8 años de la implantación en España de la Ley de la Segunda Oportunidad podemos decir sin miedo a equivocarnos que la mayoría de los clientes que acuden a nuestro Bufete buscando información son siempre reacios a iniciar un proceso judicial , no solamente por el respeto que les impone acudir a la administración de justicia para solicitar el perdón de sus deudas, sino también y sobre todo porque todos los ciudadanos tenemos muy inculcado en nuestras conciencias colectivas que “las deudas han de pagarse”.

Continuamente recibimos clientes en el despacho cuya petición no es la de acogerse a la ley de la segunda oportunidad, ni tampoco la de lograr una Sentencia que les permita condonar todas sus deudas. La petición inicial es siempre distinta. Los clientes siempre quieren una solución para poder pagar o reunificar sus deudas. El problema es que con el salario o con los ingresos familiares de los que disponen les es imposible.

Las cuotas hipotecarias se han disparado en los últimos meses y en muchas ocasiones los clientes han recurrido a solicitar prestamos personales para poder seguir pagando la hipoteca o los gastos corrientes sin darse cuenta de que lo que hoy es una solución provisional terminara siendo para ellos un gravísimo problema.

Cuando ya se han agotado todas las vías para solicitar nuevos prestamos con los que atender el pago de los anteriores, el cliente siempre nos pide lo mismo. ¿Es posible reunificar mis deudas?

Lamentablemente en la mayoría de los casos la respuesta es negativa y la ansiada reunificación de las deudas para seguir pagando todos los préstamos con una cuota mensual menor es casi siempre imposible a no ser que se disponga de una garantía inmobiliaria.

Las razones hay que buscarlas en el fracaso del instituto de la mediación concursal que se instauró con la Ley de segunda oportunidad de 2015. Efectivamente, el legislador había previsto un sistema efectivo que permitía al deudor ofrecer un plan de pagos para seguir atendiendo la totalidad de sus deudas de acuerdo con sus posibilidades reales y sus ingresos mensuales.

El fracaso de este sistema vino dado porque la gran mayoría de las entidades bancarias y financieras no aceptaban estos acuerdos de mediación que ofrecía el deudor y normalmente contestaban rechazando las propuestas y obligando a los deudores a acudir al Juzgado para solventar sus problemas de insolvencia.

Con la reforma de la Ley de segunda oportunidad operada en septiembre de 2022 la mediación se ha suprimido y el deudor debe acudir directamente al Juzgado Mercantil a solicitar la exoneración de la totalidad de sus deudas.

Existe sin embargo la posibilidad de que el deudor que no quiera liquidar su patrimonio pueda solicitar un proceso de segunda oportunidad sin liquidación de su patrimonio ofreciendo un plan de pagos para sus acreedores, pero el éxito del procedimiento quedará supeditado al voto favorable de los acreedores o finalmente del Juzgado con lo cual se genera en este sentido una situación de indefensión y de precariedad jurídica que no siempre el deudor está dispuesto a aceptar.

A modo de conclusión diremos que es muy importante que el cliente sepa como buscar el correcto asesoramiento profesional de un abogado experto en insolvencias que le pueda aconsejar cual es la mejor solución antes de dejar de pagar sus deudas.

 

Analizamos tu caso sin coste

    Acepto la política de privacidad.

    Relacionado: