¿Como podemos evitar los embargos de cuentas bancarias?
¿Como podemos evitar los embargos de cuentas bancarias?
El embargo de las cuentas bancarias y el embargo de las nóminas es la forma más habitual que tienen los acreedores de hacer efectivo el cobro de sus deudas cuando el deudor no puede abonar las deudas voluntariamente.
En nuestro país hay miles de personas que sufren a diario embargos sobre sus cuentas corrientes y en muchas ocasiones los embargos proceden de demandas judiciales que los deudores ya creían olvidadas o prescritas de tal forma que cuando se produce el embargo del dinero de la cuenta el deudor puede ver amenazada su supervivencia porque con el embargo se le hayan llevado la totalidad del dinero y no pueda hacer frente ni a sus gastos más elementales como el pago del alquiler o sus necesidades de alimentación y sustento.
En España hasta el año 2015 cuando una persona física tenía deudas con entidades bancarias o financieras e incluso con entidades públicas como la Agencia Tributaria o la Tesorería general de la seguridad social, los deudores se veían obligados a intentar ofrecer una solicitud de aplazamiento con cuotas mensuales o trimestrales o en el caso de que su situación económica fuera de total insolvencia las deudas crecían de forma exponencial y los intereses se multiplicaban hasta el infinito porque según nuestro Código Civil las personas eran responsables del pago de sus deudas con todos sus bienes presentes y futuros.
La ley de segunda oportunidad que se aprobó en España en el año 2015 construyó en su día una verdadera revolución porque implicaba la posibilidad por primera vez en nuestro país de que el deudor tuviera una opción real y efectiva de solicitar la cancelación total de sus deudas y evitar de esta forma desde el inicio del proceso judicial que se produjeran más embargos sobre sus cuentas bancarias y sobre sus nóminas.
Desde 2015 hasta la actualidad son miles las familias de todo nuestro país que han podido acogerse a los mecanismos de segunda oportunidad para cancelar de forma total y completa la totalidad de sus deudas.
En el año 2022 la Ley de segunda oportunidad ha sido reformada por el legislador y se ha establecido una forma mucho más ágil y operativa para poder acceder a cancelar las deudas sin necesidad de mediación concursal con lo cual los plazos se han acortado mucho y ahora es posible tener una sentencia que cancele tus deudas en un plazo de 6 meses.
De esta forma recomendamos a todas aquellas personas que tengan la seguridad de que no pueden pagar una deuda que se dirijan a un abogado especialista en la tramitación de expedientes de segunda oportunidad para que valore si es posible cancelar la totalidad de sus deudas y evitar así los embargos tanto en las cuentas corrientes como en el salario.